Hasta finales del mes de septiembre se habían instaurado en México más de  40 amparos judiciales frente a la aplicación desde el pasado 1 de octubre de la  norma que obliga a la inclusión de sellos de advertencia en alimentos y bebidas  no alcohólicas que superen los límites establecidos de azúcares, grasas,  calorías y sodio. 
Las empresas que han acudido a esta medida señalan que con las  disposiciones se violan derechos a la información, a la salud y que no permiten  a los consumidores discernir con claridad ni comparar los productos que  adquieren. 
Una de las inconsistencias señaladas por los representantes de las  empresas que han interpuesto los amparos, entre las que se encuentran compañías  con presencia nacional como Unilever, Diageo, Ferrero de México, GEPP, Heineken,  Hershey´s, Jumex, José Cuervo, La Costeña, Mondelēz, Grupo La Moderna, Sigma y  Danone, Jugos del Valle, Coca-Cola, Bimbo y Lala, entre muchas más, es el corto  plazo que se ha dado para la entrada en vigor de la NOM-051, que limita a seis  meses el proceso de rediseño y producción de los empaques y etiquetas de los  productos, transcurridos en medio de las restricciones y dificultades impuestas  por la pandemia.
Las empresas reclamantes advierten además que la norma no  define claramente las porciones, independientemente del tamaño del producto, y  que las cantidades específicas de ingredientes críticos por porción no son  claramente identificables, además de que no permite realizar comparaciones  precisas entre productos y porciones.
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Todos los productos que se hayan envasado antes del 1 de  octubre de este año podrán comercializarse con empaques que no contengan los  sellos de advertencia, hasta agotar sus inventarios, sin embargo, desde el 1 de  diciembre, las empresas que no acaten la norma podrán ser sancionadas. El subsecretario  de Industria, Comercio y Competitividad de la Secretaría de Economía de México,  Ernesto Acevedo Fernández, señaló que mientras la Corte Suprema de Justicia no  resuelva cada uno de los casos presentados por las empresas, estas deberán  acatar la normativa, pues les fue negada una suspensión provisional de los  plazos determinados para su cumplimiento.
                    
Jaime Zabludovsky, presidente del Consejo Mexicano de la Industria de  Productos de Consumo (ConMéxico), que agrupa a varias de las empresas que  interpusieron los recursos de amparo contra la norma, señaló que la entidad que  preside inició la demanda por las preocupaciones de que existan violaciones al  derecho a la información, la salud e inquietudes sobre la forma en que se  adelantó el proceso de elaboración de la norma.