Aduciendo dudas razonables sobre la transparencia y la legalidad del proceso mediante el cual se discutió y aprobó la norma NOM-051, los empresarios reunidos en CONCAMIN recusaron la medida que obligaba a los productores de alimentos y bebidas no alcohólicas a incluir en sus empaques información clara y visible sobre la presencia de calorías, grasas saturadas, azúcares y sodio en cantidades que podrían comprometer la salud de los consumidores.
Desde el momento de la aprobación de la norma sobre etiquetado frontal, los empresarios habían manifestado su inconformidad porque en la promulgación de los nuevos lineamientos no se habían tomado en consideración la evidencia científica, los estudios, ni los compromisos internacionales. “Es fundamental que todas las políticas públicas se desarrollen de manera legítima en estricto apego a los principios de transparencia e inclusión… Creemos que la norma aprobada, no permitiría a los consumidores tener la información adecuada para tomar las mejores decisiones para su alimentación”, se señala en el comunicado conjunto por CONCAMIN y por el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) anunciando la determinación adoptada del Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa el pasado 26 de febrero.